LO QUE DEBEMOS SABER
El 43% reconoce que circula por la acera, una práctica no permitida. Y un 12% de los usuarios de estos vehículos tuvo alguna vez un accidente con daños personales. No está de más, por tanto, recordar las normas básicas de circulación con patinete.
Circulación. Está prohibido que vayan por aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, autopistas, autovías, vías interurbanas o túneles en ámbito urbano. Las vías autorizadas para circular las indicará una ordenanza municipal. Si no la hubiera, se permite la circulación por cualquier calzada urbana.
Requisitos técnicos. La DGT está preparando la redacción de un manual con especificaciones técnicas. Una vez publicado y transcurridos 24 meses, todos deberán llevar un certificado de circulación para garantizar unos mínimos requisitos de seguridad.
Otras normas. La velocidad de estos vehículos deberá estar entre 6 y 25 km/h. Es obligatorio disponer de un sistema de frenado, un dispositivo de advertencia acústica (timbre), luces y dispositivos reflectantes traseros y delanteros. Sanciones. Conducir en patinete eléctrico bajo los efectos del alcohol y otras drogas puede acarrear una multa entre 500 y 1.000 € en función de la tasa de alcohol o de 1.000 € si se trata de drogas. En caso de dar positivo, además, el vehículo quedará inmovilizado, tal y como ocurre con el resto de vehículos. Por usar el teléfono móvil mientras conduce un patinete o cualquier otro dispositivo de comunicación, la multa será de 200 €. La misma cantidad deberán pagar quienes lleven auriculares; si conduce durante la noche sin alumbrado o prendas reflectantes y si no llevan casco, si la ordenanza municipal contempla esta medida como obligatoria.